La respuesta estaba articulada en torno a la European Equity Crowdfunding Association de la cuál Private Investments Network es miembro. Los principales comentarios eran sobre:

  • Las especificidades del Equity Crowdfunding

El objetivo inicial del Crowdfunding de Capital es apoyar a las empresas en cada etapa y, más concretamente, en su fase inicial. El promedio actual de las ofertas publicadas en una plataforma web de Crowdfunding Europea es de 250.000€. El tamaño de las ofertas, principalmente, está entre los 50.000€ y el 1.500.000€.

Por lo tanto, creemos que el umbral de 5.000.000€ es apropiado para apoyar el desarrollo del Crowdfunding para las PYMES en las etapas de inicio o para las pequeñas entidades que están fuera del alcance de los requisitos del Prospectus.

El Crowdfunding no es realmente una oferta de valores pública. A los emisores que concentran el capital a través de una plataforma, se les debe de garantizar una exención de las normas de oferta pública y, al mismo tiempo, mantener la protección de los inversores. Por lo tanto, debería ser obligatorio que el emisor mantenga un flujo de información de la empresa hacia sus inversores para poder encontrar la mejor solución que facilite las oportunidades de liquidez a los inversores procedentes de este tipo de financiación.

  • Necesidades de armonización

La diversidad de normativas nacionales es una barrera para el desarrollo del Equity Crowdfunding dentro de Europa. Cada Estado miembro de la UE tiene una política interna diferente respecto a los requisitos del Prospectus. Por ejemplo, el umbral de exención varía: en Alemania, Francia y Rumania es de 1M€ y, en cambio, en España, Italia y el Reino Unido es de 5M€.

Esto crea barreras dentro de la UE en el Crowdfunding para las plataformas y los emisores. El punto clave para armonizar y liberar el potencial de Crowdfunding es que todos los países adopten requisitos similares. Que podrían ser, entre ellos:

– El mismo umbral de € 5M en el Prospectus
– Los mismos requisitos de información (el Key Issuer Information Document – KIID)
– Las mismas plataformas y las mismas responsabilidades de los emisores, acordes con el documento KIID.

Actualmente, existen ventajas competitivas a través de la regulación que alteran el mercado. Por este motivo, algunas plataformas están dispuestas a transferir su oficina principal a otros países para dirigirse a su propio mercado interno.

Por lo menos, el emisor utilizando Crowdfunding, debería tener las obligaciones armonizadas a nivel Europeo.

  • Descripción del KIID

La Directiva podría armonizar la información del documento KIID pero, para ello, debería tener las definiciones claras. Este documento se debería requerir a las empresas que desean “levantar” capital por debajo de los umbrales pero, sin embargo, no está sujeto a la autorización previa de una autoridad competente nacional. El emisor debería de proporcionar esta información bajo su propia responsabilidad y permitir personalizar la información dada con el fin de adaptarlo a su proyecto y situación. La plantilla proporcionada por la directiva debería aspirar a presentar la información de cada categoría de forma armonizada.

Por todo esto, creemos que siempre debería haber un documento informativo (estilo KIID) que exponga la información que las PYMES puedan facilitar bajo su propia responsabilidad (basado, principalmente, en la documentación existente):

– El resumen de las cuentas anuales (balance y cuenta de resultados) de los últimos 3 años, indicando si son auditadas y por quién (Longitud aproximada máxima 12 páginas).
– Documentación indicando los puntos fuertes (patentes, tecnología, know-how, etc.) y la amenaza principal que el emisor detecte (competencia, obsolescencia, etc.) (Máximo 1 página).
– Una breve biografía de los fundadores, los miembros de la junta (si los hay), los miembros del comité asesor (si aplica), etc. (Máximo 2 párrafo por biografía).
– La estructura y dilución debida a la recaudación de fondos de capital actual (una tabla).
– En un apéndice, el emisor debería añadir cualquier información comercial existente que él considere relevante para el inversor. Podría ser sobre el producto/servicio y sobre el mercado.

Cuando alguna información no exista, el emisor debería declarar que, simplemente, no tiene esta información y el por qué.

Dado el nivel de la experiencia/conocimientos de los inversores minoristas, la complejidad de tal documento debe aspirar a proporcionar ejemplos conceptualmente simples, como ahora se espera de las publicaciones médicas para los consumidores.

El KIID debe permanecer simple, dado que los emprendedores carecen de experiencia y los inversores de sofisticación. Además, debe ser muy explícito.

  • Necesidad de un único sistema de archivo, integrado en la UE, para todos los folletos

Se puede configurar, a un bajo coste, y proporcionar una solución simple para el acceso de los inversores a la información. Esto se debería configurar, de un modo flexible, permitiendo el acceso de los inversores a la información del Prospectus que les interese. Además, dichos inversores, se integran fácilmente en las fuentes de datos para permitir la difusión a través de los intermediarios y de los sistemas de información de los medios.

François-Eric Perquel.